2017
El presente informe, elaborado conjuntamente por la Universidad del País Vasco (UPV/EHU), Mondragon Unibertsitatea, y la Universidad de Deusto, viene motivado por la sistemática respuesta negativa que Konfekoop ha recibido del Gobierno Vasco cuando ha reclamado su presencia en el Consejo de Administración de Lanbide.
El informe gira en torno a la participación institucional en Lanbide, reflejada en la composición de su Consejo de Administración.
Dicho Consejo está integrado por 15 miembros, y muestra carácter tripartito y paritario. Así, hay 5 miembros en representación del Gobierno Vasco; otros 5 en representación de los sindicatos más representativos de Euskadi; y 5 en representación de las organizaciones empresariales de carácter intersectorial más representativas de Euskadi.
De esta manera, podemos centrar el objeto del debate jurídico en torno a la eventual condición de Konfekoop de organización empresarial de carácter intersectorial más representativa de Euskadi. En función de ello, se despejará la duda sobre su participación en el mencionado Consejo de Administración de Lanbide.
La cuestión ha sido objeto de debate jurídico, que se ha plasmado en diversos documentos. Hemos tenido en cuenta los siguientes:
Teniendo en cuenta dichos documentos, en el contexto del ordenamiento jurídico general, señaladamente en materia de derecho del empleo, hemos elaborado el presente documento, cuyo objeto consiste en analizar si Konfekoop tiene derecho, o no, a participar en el Consejo de Administración de Lanbide.
Queremos subrayar que el presente informe se elabora desde una perspectiva estrictamente jurídica, sin entrar en consideraciones metajurídicas, del ámbito de la oportunidad política.